Peticiones familiares

Patrocinar a un familiar para la inmigración

Durante el proceso de inmigración, una de las preguntas más comunes que escuchamos es si la familia puede permanecer junta durante el proceso. Aunque las leyes de inmigración son complejas, existen disposiciones que permiten a las familias permanecer juntas. Hay numerosas formas de solicitar su residencia permanente a través de la familia, o de que un miembro de la familia patrocine la tarjeta verde.

¿Qué es una petición familiar?

Los ciudadanos de Estados Unidos o los residentes permanentes legales pueden patrocinar a un familiar para que inmigre a través de una petición basada en la familia. Al patrocinar a un familiar, hay dos categorías basadas en la familia: parientes inmediatos y preferencia familiar.

Los familiares directos son:

  • El cónyuge de un ciudadano estadounidense
  • El hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense
  • El padre de un ciudadano estadounidense (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años o más).

Si eres ciudadano estadounidense y tienes más de 21 años, puedes solicitar a tus hermanos y a tus padres.

Hay cuatro preferencias familiares:

  • Primera preferencia (F-1): hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses
  • Segunda preferencia (F-2): cónyuges e hijos (solteros y menores de 21 años) de residentes permanentes legales, e hijos e hijas solteros (mayores de 21 años) de residentes permanentes legales
  • Tercera preferencia (F-3): hijos casados de ciudadanos estadounidenses
  • Cuarta preferencia (F-4): hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años o más)

Inmigrar a través de la petición de un familiar

Para iniciar el proceso de obtención de la residencia permanente legal a través de un familiar, éste debe presentar primero una Petición para Familiares Extranjeros, Formulario I-130.

Una vez que este formulario haya sido aprobado por el Departamento de Seguridad Nacional/USCIS, su familiar podrá solicitar la residencia permanente legal. Si su pariente ya está en los Estados Unidos y hay un visado disponible, puede ser elegible para obtener su Tarjeta Verde presentando el formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Algunos familiares deben esperar hasta que haya un número de visado disponible antes de poder solicitarlo. Además, los cónyuges (y los hijos) que obtuvieron su tarjeta verde a través del matrimonio y antes de que se cumplan los dos años de éste se clasifican como residentes permanentes condicionales.

Manejamos peticiones para remover las condiciones de su estatus de residente permanente. Podemos ayudarle con la presentación de una petición I-751, tanto si la presenta cuando ya no está casado con el cónyuge peticionario ciudadano estadounidense debido al divorcio o a la muerte, o debido al abuso por parte de su cónyuge ciudadano estadounidense, o si está separado, pero aún no tiene una sentencia de divorcio definitiva.

Prioridad para los solicitantes de visado:

  • Los familiares directos, incluidos los cónyuges de un ciudadano estadounidense, los hijos solteros menores de 21 años de un ciudadano estadounidense y los padres de un ciudadano estadounidense que tenga al menos 21 años, tendrán siempre disponible un visado de inmigrante.
  • Los hijos e hijas solteros de21 años o más de ciudadanos estadounidenses tienen preferencia en la lista de espera de visados.
  • Los cónyuges e hijos, así como los hijos e hijas solteros de los residentes permanentes tienen segunda preferencia.
  • Los hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses tienen tercera preferencia.
  • Los hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos tienen la cuarta preferencia.

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